
Son muchas las personas que quieren ser micro y pequeños
empresarios, o quieren dejar la condición de informales a formales, sin embargo
pasan por alto la inscripción formal de su negocio, creyendo que se trata de un
proceso dificultoso y sin sentido. Tiempo después, descubren que el crecimiento
de su empresa se ve limitado por su informalidad. No permita que esto le suceda
a usted y aprenda cuáles son los pasos a seguir para llevar a cabo un negocio
formal y legal.
Antes de iniciar con los trámites para la inscripción formal
de su negocio, debe decidir si lo inscribirá como personal natural o como
persona jurídica.
Persona Natural
En un negocio como persona natural, usted será el único
dueño de su negocio. Así, en caso de una deuda, usted responderá con el
patrimonio del negocio y sus bienes personales.
Persona Jurídica
En este caso, el negocio puede estar conformado por una o
más personas naturales o jurídicas. Por ello, en estos casos la empresa
responde con su propio patrimonio en caso de deuda, no con los bienes
personales de los socios.
Si elige inscribir el negocio con una personería jurídica,
debe decidir también qué tipo de personería jurídica es la adecuada para su
empresa. Las más comunes en las micro y pequeñas empresas son:
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
Constituida por una sola persona, si la empresa asume una
deuda está será asumida sólo con el patrimonio del negocio, sin afectar los
bienes personales.
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL)
Se requiere dos socios como mínimo y 20 como máximo. Los
socios deberán aportar no menos de 25% de cada participación para la
constitución de la empresa.
Sociedad Anónima Cerrada (SAC)
Deberá haber dos accionistas como mínimo y 20 como máximo.
El capital social está representado por acciones nominativas y se conforma con
los aportes de los accionistas.
Una vez decidido el tipo de empresa, estos son los pasos a
seguir para la inscripción de su negocio:

Si el nombre está libre, presente en la SUNARP una solicitud
de inscripción del título (formulario “Reserva de nombre”). Con eso tendrá
reservado el nombre elegido por un periodo de 30 días, durante los cuales podrá
continuar con los trámites.
Realice el acto constitutivo o elabore la minuta de
constitución, documentos que declaran la voluntad de constituir la empresa.
Eleve la minuta a Escritura Pública a través de una notaría.
Sólo deberá llevar el documento y realizar los pagos por derechos notariales.
Una vez otorgada la escritura pública de la constitución, el
notario o el titular de la empresa deberá realizar la inscripción en la SUNARP.
Bueno hoy por el Día Internacional de la Mujer Saludamos a Todas las Mujeres emprendedoras del mundo, Saludos y Besos a Todas:
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